Marco Legal

Se contempla el conjunto de normas jurídicas que regulan el funcionamiento de la IGSNS.

  • Constitución Política de la República de Guatemala
  • Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97.
  • Ley Marco del Sistema Nacional de Seguridad, Decreto Número 18-2008.
  • Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Seguridad, Acuerdo
  • Gubernativo Número 166-2011.
  • Reglamento de la Inspectoría General del Sistema Nacional de Seguridad.
  • Acuerdo Gubernativo Número 177-2011.

Marco Político

Se contemplan documentos que contienen lineamientos a cumplir por las instituciones en el marco de la Seguridad de la Nación.

  • Política General de Gobierno -PGG-.
  • Política Nacional de Seguridad -PNS-.
  • Agenda Estratégica de Seguridad de la Nación -AESN-.
  • Plan Estratégico de Seguridad de la Nación -PESN-.
  • Libro Blanco de Seguridad: Guatemala 2025 con Seguridad y Desarrollo.

Marco Institucional

Misión

Velar que en los ministerios e instituciones que conforman el Sistema Nacional de Seguridad se desarrollen y fortalezcan los controles internos a través de instancias de control e inspectorías, para garantizar la eficacia y eficiencia de su organización, sobre la base de la legalidad en sus actividades y la transparencia en el empleo de los recursos asignados.

Visión

Ser una Institución de prestigio nacional de apoyo al Consejo Nacional de Seguridad en función de velar por el cumplimiento de los controles internos incidiendo estratégicamente en las Instituciones que integran el Sistema Nacional de Seguridad.

Principios y Valores

  • Buena Fe: es la certeza que el servidor público observa respecto a la veracidad o a lo correcto de algo. La buena fe requiere honestidad en el vínculo de las partes que intervienen.
  • Confidencialidad: los servidores públicos de la IGSNS, que administren, manejen o tengan acceso a información de cualquier tipo, están obligados a garantizar la reserva de la información, por lo que se comprometen a conservar y mantener de manera confidencial y no revelar a terceros, la información que llegaren a conocer en el ejercicio de sus funciones; salvo cuando se trate de actividades previamente autorizadas por el Director de la Inspectoría General de la IGSNS.
  • Eficacia: es la capacidad para alcanzar un objetivo predeterminado.
  • Eficiencia: es la capacidad para realizar o cumplir adecuadamente la función asignada, con el mínimo de recursos y en el menor tiempo posible.
    Ética: es el valor que deberán desempeñar los servidores públicos de la IGSNS; con apego a las normas profesionales e institucionales, confidencialidad y moralidad.
  • Honestidad: es la cualidad humana que consiste en comportarse y expresarse con coherencia y sinceridad de acuerdo con los valores de verdad y justicia.
  • Imparcialidad: los servidores públicos de la IGSNS desarrollarán sus funciones de forma objetiva, sin sesgos, prejuicios o tratos diferenciados por razones inapropiadas.
  • Lealtad: los servidores públicos de la IGSNS deben guardar lealtad y fidelidad a la institución, a sus superiores y a las instituciones del SNS.
    Legalidad: las actuaciones de los servidores público de la IGSNS, deben de estar enmarcadas en ley.
  • Liderazgo: es la capacidad de influir en las acciones, basado en valores de los cuales implican un estilo de dirección, que impulsa el desarrollo organizacional de una forma competitiva y dinámica.
  • Responsabilidad: es el cumplimiento de las obligaciones legales asignadas.
  • Transparencia: es la responsabilidad y obligación de rendir cuentas de la gestión institucional, de forma accesible y precisa sobre el manejo de los fondos públicos asignados, logrando certeza y legalidad en la ejecución del gasto.